La Comisión de Libertad Condicional de Valparaíso revocó el beneficio a Hugo Humberto Bustamante Pérez, imputado por el femicidio con violación e inhumación ilegal de la joven Ámbar Cornejo, por haber incumplido las condiciones establecidas en su plan de intervención individual.

La instancia fue presidida por el ministro (s) Erik Espinoza, e integrada por las magistradas Pilar Labarca Rocco, del Juzgado de Garantía de Viña del Mar; Nora Bahamondes Acevedo, del Juzgado de Garantía de Valparaíso; Angélica Jiménez Lagos, del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar; y el juez Williams Vilches Flores, del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valparaíso.

La información proporcionada a la comisión, y basada en los antecedentes entregados por el Centro de Apoyo para la Integración Social de la ciudad, da cuenta de que el liberto condicional ha incumplido las condiciones establecidas en su plan de intervención individual, toda vez que durante el período de control presenta dos inasistencias injustificadas al control de firmas; la primera, la semana del 26 de febrero al 2 de marzo de 2018, y la segunda, correspondiente a la semana del 23 al 29 de abril de 2018.

Asimismo, se consideró que Bustamante Pérez «ingresó con fecha 07 de agosto de 2020 en calidad de imputado al Centro de Cumplimiento Penitenciario de Valparaíso, por la causa RIT N° 1769-2020 RUC 2000772333-5 del Juzgado de Garantía de Villa Alemana, por los delitos de femicidio con violación e inhumación ilegal (…) circunstancia que le impide presentarse al control de firmas desde esa data por encontrarse sujeto a dicha medida cautelar. Lo anterior da cuenta de la imposibilidad por ende de seguir adelante con su plan de trabajo de libertad condicional».

La resolución precisa que el artículo 7 inciso 1° del D.L. 321, que establece la libertad condicional de condenados a penas privativas de libertad, dispone que «si la persona en libertad condicional fuere condenada por cualquier delito, o incumpliere las condiciones establecidas en su plan de intervención individual, sin justificación suficiente, Gendarmería de Chile deberá, dentro del plazo de tres días, informar de ello a la Comisión de Libertad Condicional, para que ésta se pronuncie dentro del plazo de quince días, respecto de la continuidad o revocación de la libertad condicional […]».

«El liberto Hugo Humberto Bustamante Pérez, se ha puesto él mismo, en situación de incumplimiento de las condiciones que establece su plan de intervención individual, de lo cual no ha dado una razón suficiente para justificar su inasistencia, producto de la sumatoria de incumplimientos expresados, correspondientes a los dos controles ya reseñados, así como no ha podido desvirtuar los supuestos de la prisión preventiva en que se encuentra en la causa indicada, por lo cual ésta se ha mantenido incólume, situación esta última desde el 07 de agosto de 2020 en adelante, lo cual impide que dicho condenado pueda cumplir con su programa de libertad condicional establecido por Gendarmería de Chile», señala el fallo.

De esta manera, se determinó revocar la libertad condicional que fue otorgada al presunto autor del femicidio de Ámbar Cornejo hace más de cuatro años. No porque esté inculpado en un nuevo caso de asesinato, sino por que no pudo acudir a firmar.