El Presidente de la República promulgó la ley que crea un beneficio para proteger los ingresos de los trabajadores independientes, que se han visto afectados por la pandemia del COVID-19, para apoyarlos y entregarles la liquidez que necesitan para hacer frente a la contingencia.

La iniciativa es progresiva, pues garantiza mayor cobertura a los trabajadores de menores ingresos que emiten boletas de honorarios, y establece un tope de beneficio para aquellos de mayores ingresos.

El beneficio es mensual en dinero por hasta tres meses –continuos o discontinuos– que se podrá cobrar dentro de los seis meses siguientes al 1° de mayo de 2020.

La ley contempla un subsidio que cubrirá un 70% de la caída de ingresos por boleta de honorarios para aquellos trabajadores con rentas promedio iguales o inferiores a $320.500; de 50% para aquellos trabajadores con rentas promedio mayores a $320.500 y menores o igual a $400.000; y de 40% para aquellos trabajadores con rentas promedio mayores a $400.000 y menores o iguales a $500.000. En todos estos casos, el tope de subsidio será $100.000 mensuales.

Complementando el subsidio anterior, el trabajador podrá solicitar un crédito con tasa real cero, con un año de gracia, y tres años para pagar, hasta completar el 70% de la caída de ingresos por boleta. Con todo, el monto máximo del beneficio será de $650.000.

Para acceder al beneficio hay que haber emitido boletas de honorarios en por los menos tres meses –continuos o discontinuos– de los 12 meses anteriores al 1 de abril de 2020; o haber emitido boletas en a lo menos seis meses dentro de los 24 meses anteriores a dicha fecha.

También es requisito que, en el mes respecto del cual se solicita el beneficio, los ingresos por boletas de honorarios hayan disminuido en al menos un 30% respecto al promedio mensual de dichas rentas obtenidas en los 12 meses anteriores al 1 de abril de 2020.

El trabajador debe solicitar su beneficio ante el Servicio de Impuestos Internos (SII), que será el encargado de verificar que cumpla con los requisitos de acceso. De cumplir con los parámetros solicitados, el pago lo realizará el Servicio de Tesorerías dentro del plazo de 10 días hábiles desde la solicitud.